DS 10 en minería: lo que exige la norma y lo que pasa cuando no se cumple

DS 10 en minería: lo que exige la norma y lo que pasa cuando no se cumple

El Decreto Supremo N°10 del Ministerio de Energía — más conocido como DS 10 — establece el reglamento de seguridad para instalaciones eléctricas en faenas mineras en Chile. Es, junto al DS 132, uno de los marcos normativos más exigentes del sector industrial y su desconocimiento no exime de responsabilidad.

El DS 10 regula el diseño, instalación, operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en faenas mineras, incluyendo subestaciones, redes de distribución, equipos de tracción y sistemas de control. Establece requisitos específicos para zonas clasificadas — áreas con presencia de gases, vapores o polvo combustible — donde aplican además los estándares ATEX para equipos en atmósferas explosivas.

Entre sus exigencias más relevantes para inspecciones técnicas destacan: la obligación de mantener registros actualizados de todas las instalaciones eléctricas, la realización de pruebas periódicas de aislamiento y continuidad, la verificación del estado de puestas a tierra, y la inspección de equipos en zonas clasificadas por personal con competencia técnica acreditada.

El incumplimiento del DS 10 no solo expone a la empresa a multas de SERNAGEOMIN — que pueden superar los USD 60.000 en casos de reincidencia — sino que invalida coberturas de seguros ante accidentes eléctricos y compromete la responsabilidad legal de los profesionales a cargo.

Una inspección técnica eléctrica en faena minera bajo DS 10 requiere conocimiento detallado de la normativa, acceso a instrumentación calibrada y capacidad para emitir informes con validez legal. No es una revisión visual: es un protocolo técnico con consecuencias reales sobre la seguridad operacional.

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